© 2026 Josep Marc Laporta
1- Liberté, Égalité, Fraternité
2- Liberty and Freedom
3- Bill of Rights
4- Una, Grande y Libre
5- Ubuntu
6- B. R. Ambedkar
7- Wa
8- Hé (和)
9- Pancasila
10- Gross National Happiness
11- Umma y Sharía
12- Justicia social
13- Dios, Unión, Libertad
14- Sumak Kawsay
Los siguientes capítulos recogen fondos fundacionales o elementos distintivos de algunas de las cartas magnas de diversos países del mundo. Además de leerlas y observarlas detenidamente desde una mirada sociológica y solidaria, he conocido de primera mano los países referenciados.
1- Liberté, Égalité, Fraternité
Una de
las constituciones de mayor impacto occidental y, por ende, mundial es la
francesa. Fue en 1789 cuando las ideas de libertad e igualdad quedaron
reflejadas en la Déclaration des droits de l'homme et du citoyen, texto
fundamental en los primeros meses de la Revolución francesa que se concretó y
fue adoptado por la Segunda República en 1848, y definitivamente consolidado
como lema oficial en la Tercera República.
Los
tres pilares inseparables atañen a la libertad,
afectando a los derechos individuales y a la libertad del ciudadano frente al
poder arbitrario; a la igualdad ante la ley, no
necesariamente igualdad económica absoluta; y a la fraternidad con
énfasis en la solidaridad y el sentido de pertenencia a la comunidad política
francesa.
El
compendio de la trilogía puso fin al sistema feudal, impulsando la desaparición
de muchos privilegios de la nobleza y el clero, e induciendo a la expansión de
las ideas de democracia, derechos humanos y ciudadanía. Por lo tanto, aparte de
que el lema Liberté, Égalité, Fraternité sigue
siendo el lema oficial del país, simbolizando los valores fundamentales de la
República, su esencia sociopolítica ha tenido una gran influencia en otras
revoluciones y movimientos sociales en Europa y América, así como en otros
países del mundo.
2- Liberty and Freedom
A
pesar de que la independencia de Estados Unidos (1776)
sucedió unos años antes que la Revolución francesa, la Carta de los Derechos de
los Estados Unidos de América de 1791 protegió cinco libertades inalienables definidas
como Freedoms. Por este orden: libertad de
expresión, libertad de religión, libertad de prensa, libertad de reunión
pacífica y libertad de petición. De las cinco libertades, es de destacar la
última, Right to petition the Government, que es
el poder legal que tienen los ciudadanos de pedir formalmente a las autoridades
que cambien leyes, corrijan errores o resuelvan problemas sin temor a sufrir
represalias o castigos. Y aunque este derecho no garantiza una respuesta
administrativa y no protege demandas con actos de violencia, vandalismo o
amenazas físicas, la libertad garantiza la creación de lobbies para
influir directamente a representantes del Congreso. Asimismo, este derecho
refrenda la igualdad ante la ley y la protección de las leyes. Y pese a que el
concepto fraternidad no aparece en la Constitución norteamericana, el documento
promueve la unión y el bienestar común mediante la cooperación entre los
estados, la defensa del bien común y la búsqueda de la paz y la justicia para
toda la nación.
3- Bill of Rights
El
Reino Unido tiene una característica especial: no posee una Constitución
escrita única, como la mayoría de los países. Su sistema constitucional,
formado en el derecho consuetudinario, se basa en leyes, decisiones judiciales,
costumbres y principios históricos. Por lo tanto, para conocer su concepción
ética socio-cultural y política se debe recurrir a un sinfín de documentos
legales que quedan resumidos en el Bill of Rights. Esta
es una de las leyes más importantes de la historia del Reino Unido, que fue
aprobada por el Parlamento inglés en 1689. Su objetivo principal fue limitar el
poder del rey y garantizar ciertos derechos al Parlamento y a los ciudadanos.
Consecuentemente, el rey no podía imponer impuestos sin el consentimiento del
Parlamento, se estableció que la cámara debía reunirse con regularidad, se
reconoció la libertad de expresión en los debates parlamentarios y se reafirmó
el derecho de los ciudadanos a presentar peticiones al rey.
4- Una, Grande y Libre
«…Sabremos
salvar cuantos sean compatibles con la paz interior de España y su… anhelada
grandeza, haciendo reales en nuestra patria por primera vez y por este orden la
trilogía: Fraternidad, Libertad e Igualdad. Españoles: ¡Viva España! ¡Viva el
honrado pueblo español y malditos los que en lugar de cumplir sus deberes
traicionan a España!»
Con
estas palabras concluía el general Francisco Franco el bando declarando el
estado de guerra el 23 de julio de 1936. Rápidamente salta a la vista que los
valores republicanos de la revolución francesa concretados en 1848, Liberté,
Égalité, Fraternité, fueron cambiados de orden por el dictador: Fraternidad,
Libertad e Igualdad. Más tarde, ganada la guerra e iniciada la etapa más oscura
y totalitaria del siglo XX, aquella acomodada trilogía mutó a Una,
Grande y Libre. En realidad, unidad nacional aplastando cualquier
diferencia, nuevo imperialismo excluyente y libertades coartadas y sometidas al
poder.
5- Ubuntu
En el
pensamiento moral africano, el concepto Ubuntu
expresa la idea de que ‘una persona es persona a través de las demás personas’,
incluyendo valores como la dignidad, la solidaridad, el respeto, la cooperación
y reconciliación. Y aunque no es una constitución ni una ley, ha influido en el
lento desarrollo de los derechos humanos y la convivencia democrática en
distintos países africanos.
6- B. R. Ambedkar
Uno de
los países donde los valores sociopolíticos de la Revolución francesa tuvieron
más influencia es la India. Y la figura más importante fue Bhimrao Ramji
Ambedkar (1891-1956), popularmente conocido como
Babasaheb Ambedkar, un jurista, académico y político miembro de mahar (dalit), una
casta denominada intocable –históricamente
situada fuera del antiguo sistema de castas hindú–,
estigmatizada y sometida a discriminación socioeconómica. Como ministro de Ley
y Justicia en el primer gabinete de Jawaharlal Nehru (1889-1964), tuvo
un papel fundamental en la Constitución de la India independiente de 1947 y es
considerado uno de los padres fundadores del país. En su labor como presidente
del Comité de Redacción de la Asamblea Constituyente de la India, organizó y
redactó el texto constitucional que entró en vigor en 1950.
7- Wa
El
punto de inflexión de la sociopolítica en los derechos humanos y civiles en
Japón fue la Restauración Meiji, un periodo de grandes transformaciones que
comenzó en 1868 y se extendió hasta 1912 durante el reinado del emperador
Mutsuhito o Meiji Tennō (1852-1912). La Restauración
Meiji fue el proceso mediante el cual Japón pasó de ser un país gobernado por
un sistema feudal bajo el poder de los shōgun a convertirse en
un Estado moderno e industrializado. El proceso llevó al país a
adoptar elementos occidentales, como nuevas industrias, ferrocarriles, un ejército
moderno, un sistema educativo nacional y nuevas instituciones políticas.
También se eliminaron muchos privilegios de la clase samurái, creándose un
sistema de ciudadanía más moderno, lo que desembocó en la Constitución de 1889,
llamada Meiji. Sin embargo, no fue una democracia plena, pues el derecho al
voto estaba restringido y el Estado aún mantuvo un fuerte control poblacional.
1.
Aspirando sinceramente a una paz internacional basada en la justicia y el
orden, el pueblo japonés renuncia para siempre a la guerra como derecho
soberano de la nación y a la amenaza o al uso de la fuerza como medio para
resolver disputas internacionales.
2. Con
el fin de cumplir el objetivo del párrafo anterior, no se mantendrán fuerzas
terrestres, marítimas ni aéreas, ni ningún otro potencial bélico. No se
reconoce el derecho de beligerancia del Estado.
Este
artículo no menciona la palabra Wa, pero comparte un concepto
propio de la cultura traspasado a la Carta Magna: buscar la armonía y la paz en
lugar del enfrentamiento; resolver los conflictos mediante la cooperación y el
diálogo; y priorizar la estabilidad de la comunidad, en este caso internacional.
En
definitiva, el valor cultural Wa inspiró la Constitución contemporánea nipona
con una idea central de armonía en una búsqueda de convivencia pacífica, la
cooperación en el trabajo y el bienestar social, el respeto mutuo protegiendo
la dignidad humana y el equilibrio entre individuo y sociedad. Es decir,
derechos acompañados de responsabilidad.
8- Hé (和)
La
Constitución de la República Popular China es la norma fundamental del Estado
adoptada en 1982 y que ha sido modificada varias veces desde entonces. A
diferencia de los países occidentales, los principios fundamentales establecen
que China es un Estado socialista dirigido por el Partido Comunista de China,
cuyo papel dirigente quedó expresamente recogido en la reforma constitucional
de 2018. Sin embargo, tres importantes elementos de la tradición confuciana son
el sustento sociocultural y político de la Constitución, que no difieren en
demasía de la trilogía francesa Liberté, Égalité, Fraternité.
Hé (和), que significa concordia o paz
social y presenta la idea de que una sociedad estable surge cuando las personas
cumplen sus responsabilidades y mantienen relaciones respetuosas.
Concretamente, el artículo 4 establece que: «Todas las
nacionalidades de la República Popular China son iguales. El Estado protege los
derechos e intereses legítimos de las minorías nacionales y mantiene y
desarrolla una relación de igualdad, unidad, ayuda mutua y armonía entre todas
las nacionalidades».
Lǐ (礼), que
se refiere a normas de conducta, reglas de comportamiento, cortesía y tradiciones.
Para Confucio, el respeto a estas normas favorece el orden social. El artículo
51 concreta que: «El ejercicio de las libertades y derechos de los
ciudadanos no debe perjudicar los intereses del Estado, de la sociedad o de
otras personas».
Rén (仁), hace referencia a la
humanidad o benevolencia: la virtud de tratar a los demás con compasión,
respeto y bondad, siendo la base moral de las relaciones humanas. Tras una
reforma constitucional de 2004, el artículo 33 establece que: «El
Estado respeta y protege los derechos humanos».
9- Pancasila
Con
más de 17.000 islas, cientos de grupos étnicos, más de 700 lenguas y seis
religiones reconocidas junto a otras creencias tradicionales, Indonesia es un complejo
compendio cuya esencia filosófica es el concepto Pancasila, palabra
que procede del sánscrito. Panca: cinco, y Sila: principios o fundamentos. Por
tanto, Pancasila significa
«los cinco principios» y es un compendio al modo de la trilogía francesa que quedó
grabado en el preámbulo de la Constitución de Indonesia en su independencia de
1945, declarando los cinco principios fundamentales del Estado:
2.-
Humanidad justa y civilizada
3.-
Unidad de Indonesia
4.-
Democracia guiada por la deliberación y el consenso
5.-
Justicia social para todo el pueblo de Indonesia
La
gran pregunta y el punto de partida de los políticos indonesios al redactar el preámbulo
era cómo construir una nación común con una diversidad cultural, lingüística,
religiosa y orográfica tan considerable. La respuesta debía incorporar unos
principios que fueran comunes para todos y que estuvieran de acuerdo con los
tiempos. Así que la espiritualidad, la humanidad, la unidad, la democracia y la
justicia social fueron los cinco elementos que se resumieron en el lema Bhinneka
Tunggal Ika (Unidad en la diversidad) y quedaron redactados
de la siguiente manera:
10- Gross National Happiness
Aunque
el concepto Gross
National Happiness (GNH) o Felicidad Nacional Bruta no aparece en ningún artículo de
la Constitución de 2008 de Bután, un reino budista en el borde oriental del
Himalaya, su influencia quedó reflejada como un postulado central. El preámbulo
de la Constitución expresa la voluntad de construir una nación basada en la
paz, la unidad, la felicidad y el bienestar del pueblo y la preservación de los
valores espirituales y culturales. A diferencia de otras constituciones, esta tetralogía
incluye la felicidad como valor constitutivo del Estado, lo que la hace muy
particular.
11- Umma y Sharía
En los
Estados islámicos, la Umma y la sharía establecen el fondo ético y
moral de sus constituciones. La Umma es uno de los conceptos
políticos, religiosos y jurídicos más importantes del islam, que,
resumidamente, significa la comunidad universal de todos los musulmanes unida
por la fe en Alá y el reconocimiento de Mahoma como el último profeta. A
diferencia de las constituciones occidentales en las que el Estado se define
como el punto de partida de todo derecho, los países islámicos otorgan a la Umma la
primera carta política escrita del islam, conocida como la Constitución de
Medina, ya que, según diversas interpretaciones históricas, fue en Medina donde
Mahoma organizó una comunidad política y religiosa integrada por musulmanes.
Por lo
general, las constituciones de los países de mayoría musulmana suelen reconocer
derechos como el de la vida, la educación, la propiedad, el debido proceso
judicial o el acceso a la justicia. No obstante, libertades como la religiosa, la
de expresión o la igualdad entre hombres y mujeres varían considerablemente de
un país a otro, dependiendo tanto del texto constitucional como de su
interpretación por los tribunales y, especialmente, de la práctica o propensiones
políticas.
12- Justicia social
La
justicia social ha ocupado un lugar central en el constitucionalismo
sudamericano contemporáneo. A diferencia de muchas constituciones liberales del
siglo XIX, centradas esencialmente en la protección de las libertades
individuales y la limitación del poder del Estado, las constituciones aprobadas
o reformadas durante los siglos XX y XXI incorporaron una fuerte componente
social: el Estado no sólo debe garantizar derechos civiles y políticos, sino
también promover condiciones materiales que permitan una vida digna: justicia
social.
Esta
evolución respondió a la influencia del constitucionalismo social surgido tras
la Revolución Mexicana de 1910, la Constitución de Weimar de 1919, el
desarrollo del Estado de bienestar y la consolidación del derecho internacional
de los derechos humanos.
En los
países sudamericanos, el concepto de justicia social es el recurso más usado
para fortalecer la función del Estado ante las desigualdades con el fin de
garantizar una vida digna. Sin embargo, a diferencia de otras líneas maestras
constitucionales, la justicia social conlleva una reivindicación de un mínimo
bienestar ante supuestas injerencias adversarias. Mientras otras cartas magnas
apuntan a conceptos éticos de conciencia social, el desarrollo sudamericano se
caracterizó de manera significativa por la justicia social, amparándose o
ensamblándose con el socialismo o el comunismo.
En
Argentina, la Constitución de 1853 era esencialmente liberal. Sin embargo, la
reforma de 1957 incorporó el artículo 14 bis, uno de los pilares del
constitucionalismo social argentino, reconociendo el derecho al trabajo digno,
el salario justo, la igualdad de renumeración, el principio de participación en
las ganancias de las empresas, la estabilidad del empleo público, la
negociación colectiva, la huelga, la seguridad social y las pensiones.
Por su
parte, la llamada Constitución Ciudadana brasileña, aprobada tras el fin de la
dictadura militar, puso un gran énfasis en los derechos fundamentales: la
dignidad de la persona, la reducción de desigualdades sociales y regionales, la
función social de la propiedad, el derecho universal a la salud, la educación
pública, la asistencia social, la protección de pueblos indígenas o el sistema
único de salud.
Colombia
se define expresamente como un Estado social de derecho, concepto que implica
que la legitimidad del Estado no depende sólo del respeto a la legalidad, sino
también de la garantía efectiva de los derechos fundamentales y sociales.
Incluye el derecho a la salud, educación, vivienda, trabajo, seguridad social,
igualdad material, protección de minorías y, el más novedoso, la acción de
tutela, un mecanismo judicial rápido para proteger derechos fundamentales
cuando son vulnerados.
En el
caso de Perú, desde la Constitución de 1993 se mantiene el principio de que la
iniciativa privada es libre, pero dentro de un marco donde el Estado puede
intervenir para promover el bienestar general. Venezuela incluye desde la
Constitución de 1999 un amplio catálogo de derechos sociales, entre ellos de
salud, educación, vivienda, alimentación, seguridad social, trabajo y
participación ciudadana. Asimismo, Paraguay reconoce desde 1992 numerosos
derechos sociales: salud, educación, trabajo, seguridad social, la vivienda,
protección de comunidades indígenas y protección de la familia. Por su parte, Uruguay
es el país que históricamente ha desarrollado uno de los sistemas de bienestar
más consolidados de América Latina, apoyado en principios constitucionales como
el derecho al trabajo, la seguridad social, la educación pública, la protección
de la familia o la protección sindical, entre otros.
Es
evidente que las constituciones de América Latina han centrado sus prioridades
en los retos que, a pesar del paso de los años, la región continúa teniendo:
desigualdad económica persistente, corrupción, debilidad institucional,
limitaciones presupuestarias, desigual acceso a la justicia o tensiones entre
crecimiento económico, protección ambiental y redistribución. En conjunto, las
constituciones centroamericanas y sudamericanas reflejan una tendencia clara
hacia el constitucionalismo social, que es lo mismo que dar por hecho que, históricamente,
las necesidades sociales no han quedado suficientemente cubiertas, por lo que
el mismo Estado se ve obligado a remarcarlas constitucionalmente bajo la óptica
de distintas perspectivas y tendencias políticas, ya sean de derechas o de
izquierdas, o sus correspondientes radicalismos.
13- Dios, Unión, Libertad
Dios,
Unión, Libertad es el lema oficial que aparece en el escudo nacional y en la
bandera de El Salvador. Dios refleja la fe y la religiosidad de la historia del
país; unión representa la solidaridad y la cohesión entre los ciudadanos; y
libertad simboliza la independencia y los derechos fundamentales. El concepto
se remonta a 1823 en la Asamblea Nacional Constituyente del país, encarnando
los ideales de la antigua República Federal de Centroamérica, de la cual
formaba parte el territorio salvadoreño antes de convertirse en república
independiente.
En los
procesos de su historia, el actual presidente Nayib Armando Bukele
Ortez (1981-) recientemente se refirió a la trilogía al mencionar que: «En nuestra bandera están escritas tres palabras, que no sólo son un lema histórico, sino un compromiso vivo: Dios, unión y libertad. Dios nos recuerda que la fe y la batalla espiritual serán siempre la verdadera fortaleza para salir adelante; unión significa que nada de lo que hubiéramos logrado habría sido posible sin la decisión colectiva de trabajar juntos; y la libertad es un fruto valioso que durante años nos fue negado por la violencia y el miedo, pero que hoy hemos recuperado y decidimos proteger», apunte en referencia al
terror infligido en el país por las pandillas Mara Salvatrucha (MS-13) y Barrio
18.
La cruzada nacional de Bukele y su gobierno contra las pandillas, con el terror y muerte que infligieron al país durante años y en referencia a la primera premisa de la trilogía, se constata en la dieta carcelaria a los pandilleros, con dos actividades básicas y comunes para todos: ejercicio físico y clases bíblicas. La lectura de pasajes de la Biblia a los retenidos está acompañada de explicaciones de los textos, y del deseo y la esperanza de que, si por sus actos vandálicos han perdido su libertad en la Tierra, la puedan ganar en el cielo.
14- Sumak Kawsay
Como
colofón a los derechos sociales en distintas regiones del planeta a raíz de la
trilogía de la Revolución francesa, es de destacar un interesante valor
constitucional de Ecuador instaurado en 2008. Además de los conceptos comunes con
América Latina, Ecuador incluye el concepto indígena del Buen Vivir (Sumak
Kawsay) como principio rector del Estado. El preámbulo de su
Constitución reza así:
Seguidamente,
otros artículos, como el 14, incide en ello, incorporando otro novedoso y
pionero concepto ético en relación con los derechos propios de la naturaleza,
permitiendo que cualquier persona pueda acudir a los tribunales para exigir su
protección: «Se reconoce el derecho de la población a vivir en un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad y el
Buen Vivir, Sumak Kawsay».
La
idea del Buen Vivir no es un derecho aislado, sino un conjunto de condiciones
necesarias para una vida digna, detallando algunas muy concretas como el agua y
la alimentación (arts. 12 y 13) o un ambiente sano (arts.
14 y 15). Asimismo, la Constitución dedica, además, el Título VII,
denominado Régimen del Buen Vivir, donde desarrolla cómo debe organizarse el
Estado para hacer efectivo ese principio.
© 2026 Josep Marc Laporta
http://josepmarclaporta.blogspot.com

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